ES NECESARIA LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÒN PERUANA DE 1993
La salida de Martin Vizcarra de palacio de Gobierno el pasado 9 de
noviembre del 2020 fue la causa fundamental para que la población despertara de
la indiferencia hacia la crisis política que viene viviéndose desde hace más de
tres décadas, como muchos dicen fue la gota que derramo el vaso, entre sus
peticiones está la salida del actual presidente Manuel Merino, la eliminación
de la inmunidad parlamentaria y por último exigen una reforma constitucional.
Esta última significaría modificar
parcial o totalmente los artículos de la
constitución peruana sin embargo, no sabía porque querían cambiarla,
entonces investigué y bueno desde mi
punto de vista debería darse la reforma constitucional por tres razones, la
primera es que la actual constitución tiene un serio problema de legitimidad,
segundo, con respecto a la economía tiene aspectos negativos que evitan que
exista un desarrollo de la inversión peruana y por ultimo esta no concibe un
poder judicial autónomo que garantice imparcialidad.
Han pasado más de 25 años y pese a su origen la constitución de 1993
sigue vigente, pues se aprobó en medio de una crisis política, económica y
social para favorecer el gobierno no democrático y autoritario de Alberto
Fujimori, se podría decir que fue el instrumento jurídico que legitimo el golpe
de estado del 5 de abril de 1992, es por ello que no goza de una legitimidad
plena, de hecho el propio Tribunal Constitucional en la Sentencia al Caso Acción de inconstitucionalidad contra
el denominado “documento promulgado el 29 de diciembre de 1993 con el título de
constitución Política del Perú de 1993” con fecha 10 de diciembre del 2003,
manifestó su convicción en la falta de legitimidad al señalar que “el proceso para
elegir a los miembros del denominado Congreso Constituyente Democrático, los
debates en su seno y hasta el propio referéndum, carecieron de las libertades y
garantías mínimas necesarias para dotar de legitimidad de origen a la
Constitución de 1993” (F.J. 8), además exhorto para que modificara de alguna u
otra manera la carta magna.
Respecto al tema de economía la constitución del 1993 establece que la
inversión extranjera tiene los mismos derechos que la peruana, ocasionando que
esta quede desprotegida, esta es una situación que no se presenta en casi
ninguna parte del mundo, pues todos los países promueven sus propias empresas.
Asimismo establece los Contratos Ley, es decir que si el estado contrató con
una empresa determinada para una obra del estado, esta ya no puede cambiar a si
haya corrupción de por medio. Un ejemplo seria la empresa brasileña Odebrecht.
También, está el sistema de crédito, es decir el papel que maneja el Banco
Central de Reserva (BCR), pues en otros países como Estados Unidos, este sistema
se encarga de promover la economía, en cambio en la actual constitución solo se
menciona que el BCR se debe preocupar por mantener la inflación controlada,
siendo indiferentes por ejemplo al desarrollo de la agricultura en empresas
pequeñas manejadas por pobladores. También la carta magna plantea la
subsidiariedad del estado, que significa que la empresa privada siempre es
primera y mejor que la pública, beneficiando siempre los intereses de empresas
privadas.
El estado peruano es considerado un Estado de Derecho, sin embargo la
mera existencia de un Poder Judicial no es suficiente para hablar de un
verdadero Estado de derecho, pues este debe gozar de autonomía absoluta. La
constitución del 1993 no garantiza la autonomía, independencia e imparcialidad
del Poder judicial pues, está sometido a intereses políticos y económicos,
impidiendo hacer frente con autoridad lo actos ilegales por parte de los
poderes públicos y particulares.
El Tribunal Constitucional(TC) posee los mismo conflictos debido a que los
partidos políticos en el congreso que eligen a los siete magistrados, buscan
colocar en el poder a personas que beneficien sus intereses, como lo ocurrido
el 15 de octubre del 2020 donde con 105 votos se aprobó el reglamento para
elegir los miembros del TC, donde no garantizaba una transparencia del proceso
pues los puntajes otorgados por cada congresista no sería publicado, asimismo
en la categoría de solvencia e idoneidad
moral se establece que un candidato puede ser apto al obtener solo 2 puntos de
12, lo que no garantiza que cuente realmente con este requisito. Esto demuestra
que los parlamentarios no tienen la capacidad de poder elegir de manera idónea
los siete representantes de la institución que garantiza el cumplimiento de la
constitución peruana en beneficio de resguardar los derechos fundamentales y
libertades públicas.
La Carta Magna de 1993 debe ser modificada para que pueda gozar de
legitimidad, para que la economía nacional se beneficie mucho más, para que se
refuerce el Poder Judicial garantizando que la Ley se cumpla sin importar los
intereses políticos y económicos. La población peruana necesita esta reforma
que se ha venido postergando desde hace ya 20 años, estamos en momentos de
cambio y mejora en la política, este sería el paso fundamental hacia un Perú
mejor.
Comentarios
Publicar un comentario